Los niños a partir de 8 años podrán tirar petardos según la normativa valenciana

Martes, 26 de febrero de 2013 | e6d.es
• La Generalitat hace un llamamiento a la responsabilidad de padres y niños para el buen uso de los petardos

El conseller de Gobernación y Justicia, Serafín Castellano, ha explicado que los niños “a partir de 8 años podrán tirar petardos”, según la normativa valenciana. Así lo ha manifestado el conseller durante su asistencia al taller sobre el ‘Uso responsable de artificios pirotécnicos’, dirigido a niños de entre 11 y 12 años, en el que también ha participado el presidente de Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios (AVACU), Fernando Móner.
Durante su intervención, el conseller ha explicado que los menores pueden utilizar artificios con marcado CE de acuerdo con lo que establezca la ordenanza municipal respecto a los lugares, horarios y artificios, dependiendo de la edad que tenga el menor y la categoría del artificio.
En este sentido, Castellano ha destacado que la normativa valenciana “reduce la edad establecida en la normativa estatal para el uso de petardos, pasando de los 12 a los 8 años, para la utilización de artificios de Categoria 1; y de los 16 a los 10 años para los de Categoría 2”.
Asimismo, ha explicado que, para que sea posible esa excepción, es obligatoria la autorización por escrito de los padres o tutores legales del menor en la que se certifique que el niño ha recibido instrucciones sobre la adecuada utilización del artificio. Además, sólo podrá tirar petardos en presencia de un adulto. Dicha autorización se encuentra en la pàgina web de la Conselleria de Gobernación y Justicia www.gov.gva.es.
Por otra parte, el conseller se ha referido a la ITC 18 que regula el uso de artificios pirotécnicos exceptuados del ámbito de la Directiva Europea en manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales tales como, la “cordà”, “la passejà”, “correfoc”, “despertà”. En este caso, ha recordado la obligatoriedad de la formación CRE (Consumidor Reconocido como Experto) para participar en las festividades que usan artificios pirotécnicos sin el marcado CE.
En este sentido, Serafín Castellano ha asegurado que más de 17.000 personas van a obtener la condición CRE.
Finalmente, el titular de Gobernación y Justicia ha realizado un llamamiento a la responsabilidad a padres y a los más pequeños para el buen uso de los artificios pirotécnicos.

Consejos para el uso responsable de “petardos”
• Hay que tener mucho cuidado con los petardos y encenderlos siempre en el suelo para evitar que exploten en las manos.
• No manipular ni sacar el contenido del petardo ni tampoco usar los que se encuentran por el suelo
• Hay que encenderlos siempre en las zonas  destinadas para ello
• No prender nunca un petardo dentro de ningún sitio como botellas, latas, contenedores, basuras, etc
• Nunca hay que lanzarlos hacia las personas o los animales
• Los padres SIEMPRE deben llevar en el bolsillo la autorización para que los niños puedan tirar petardos y éstos se tirarán  bajo la supervisión de un adulto

Artificios de pirotécnia:
Categoría 1: 8 años. Artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel sonoro insignificante destinados a ser utilizados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales.
Los productos de esta categoría son: truenos de impacto de baja intensidad (bombetas y minibombetas), minipetardos de pequeña intensidad con mecha, bengalas de luces, ruedas de estelas (camelias), minifuentes luminosas y bolas de humo
Categoría 2: 10 años. Artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel sonoro destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas.
Los productos de esta categoria son: petardos de mediana intensidad, tracas chinas de minipetardos, fuentes de cracker, ruedas (abejas,…), artículos voladores (aerolitos, aros de fuego, avispas, bombarderos,…), fuentes y volcanes medianos, tubos de humo y candelas romanas
Categoría 3: 18 años. Artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel sonoro no sea perjudicial para la salud humana.
Los productos de esta categoria son: masclets, halley’s, mariposas y similares, aviones y truenos cubanitos nº 10.
Generalitat Valenciana