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 20/05/2014

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“Abominable” condena a muerte de una mujer a causa de su religión

Amnistía Internacional ha lanzado una ciberacción a través de su centro de activismo para pedir su liberación


Meriam Yehya Ibrahim tiene 27 años y es cristiana. Ha sido declarada culpable de “adulterio” y “apostasía” por un tribunal de Jartum el 15 de mayo y está detenida con su hjio de 20 meses.
¿Por qué “adulterio”? Meriam se casó con un hombre cristiano de Sudán del Sur. Según la sharia (ley islámica) tal y como se aplica en Sudán, las mujeres musulmanas no pueden contraer matrimonio con hombres no musulmanes. Dicho matrimonio se considera adúltero y Meriam fue denunciada por un familiar. La condena: flagelación.
¿Por qué “apostasía”? Meriam fue educada como cristiana ortodoxa, la religión de su madre, porque su padre, musulmán, estuvo ausente durante toda su infancia. Durante su juicio se reiteró en su cristianismo y no quiso renunciar a su fe. La condena: la horca.
Amnistía Internacional considera que Meriam es una presa de conciencia, declarada culpable por sus creencias religiosas y su identidad, y debe ser liberada de inmediato. La criminalización del adulterio viola los derechos a la libertad de expresión y de asociación, y su aplicación discrimina invariablemente a las mujeres.
La pena de flagelación y el uso de la pena de muerte violan la prohibición absoluta de infligir tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes contenida en el derecho internacional de los derechos humanos. Amnistía Internacional se opone al uso de ambos en todos los casos sin excepción. También se opone a que la “apostasía” sea considerada un crimen porque es incompatible con el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
 
Amnistía Internacional ha lanzado una ciberacción dirigida al Ministro de Justicia de Sudán, Mohamed Bushara Dousa, para pedir que sea liberada de inmediato. La criminalización del adulterio viola los derechos a la libertad de expresión y de asociación, y su aplicación discrimina invariablemente a las mujeres. La pena de flagelación y el uso de la pena de muerte violan la prohibición absoluta de infligir tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes contenida en el derecho internacional de los derechos humanos. Amnistía Internacional se opone al uso de ambos en todos los casos sin excepción. También se opone a que la “apostasía” sea considerada un crimen porque es incompatible con el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. 
Amnistía Internacional
El Sis Doble no corregeix els escrits que rep. La reproducció d'aquest text és literal; fidel a les paraules, redacció , ortografia i sentit de l'autor/s
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