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 13/11/2015

POBLACIONS » Almussafes » Política

Almussafes pide el voto no presencial de sus concejales en la actividad municipal

La Corporación insta a la consellería de Justicia para que modifique la normativa autonómica que, en la actualidad, impide esta opción de voto


El pleno de la corporación de Almussafes acaba de presentar una moción ante la Consellería de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, para que adopte las medidas pertinentes en orden a la modificación de la normativa autonómica de Régimen Local para posibilitar el voto no presencial o bien inste a las Cortes Generales para aprobar dicha reforma. Esta iniciativa se inició el pasado 9 de julio, con el acuerdo por parte del Ayuntamiento de la aprobación inicial del ROM para posibilitar el voto no presencial de sus ediles en la actividad municipal. Simultáneamente, se solicitó informe, por parte de la Alcaldía, a la Dirección General de Administración Local al respecto y, el pasado día 6 de octubre, el citado documento oficial concluyó que en la actualidad la legislación vigente no contempla la posibilidad de esta modalidad de voto y, como consecuencia de ello, no se considera viable su regulación a través del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Almussafes.
Los tres grupos políticos con representación municipal están de acuerdo con el voto no presencial de los concejales de Almussafes en la actividad municipal. De hecho, el Reglamento Orgánico Municipal (ROM) del Ayuntamiento contempla en su articulado un doble compromiso corporativo. Por un lado, promueve el uso de las nuevas tecnologías, facilitando el acceso a los vecinos a los servicios e información municipales y por otra parte, la mejora del funcionamiento global corporativo posibilitando, entre otras medidas, el voto no  presencial por parte de los concejales.
No obstante, de acuerdo con el informe remitido por parte de la Dirección General de Administración Local, esta posibilidad de los ediles en cuanto a su voto no es viable ni legal en la actualidad. La argumentación incide en el artículo 99.5 del ROF (Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales) que declara que “el voto de los concejales es personal e indelegable”, y en el 12.1 del mismo texto legal que establece que “Los miembros de las Corporaciones Locales tienen el derecho y el deber de asistir con voz y voto a las sesiones del Pleno y a las de  aquellos otros órganos colegiados de que formen parte…”
El informe remitido desde la Dirección General de Administración Local proclama que no existe en la normativa vigente básica y autonómica cobertura legal suficiente para posibilitar y regular el voto por medios telemáticos, tras citar la defensa, por parte de algún sector doctrinal, de que el ROM regule la “asistencia, participación y votación de los cargos públicos locales en los órganos colegiados de las entidades locales mediante medios electrónicos”.
Precisamente desde el Ayuntamiento de Almussafes se defiende fehacientemente esta doctrina. “Estamos convencidos de la necesidad de que se arbitren los medios necesarios para garantizar una igualdad en el trabajo de los parlamentarios y dar respuesta a las situaciones de ausencia por paternidad/maternidad y enfermedad, mediante la posibilidad del voto no presencial de nuestros ediles”, explica el alcalde, Toni González. “De esta forma, argumenta, se daría solución a las imposibilidades que afecten a los miembros de las corporaciones locales durante su mandato y que les impiden el ejercicio de sus funciones y, más concretamente, el del derecho al voto en el Pleno municipal”. 
“Nos hemos visto obligados a dejar en suspenso el expediente iniciado para la modificación de nuestro ROM en el apartado que permita el voto no presencial en las sesiones plenarias hasta que tengamos respuesta a la moción que hemos presentado ante la Consellería de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas”, declara el concejal de Comunicación y Participación Ciudadana, Andrés López, quien incide en el hecho de que se trata de una enmienda que apuesta por las personas. En la citada propuesta, el Consistorio de Almussafes insta al organismo autónomo a que adopte las medidas pertinentes para la modificación de la normativa autonómica que regula el Régimen Local y que en la actualidad no consiente el voto no presencial, una acción que también se puede aprobar por parte de las Cortes Generales.
Ajuntament d’Almussafes
 
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